Si acabas de alquilar o comprar una vivienda en Jerez de la Frontera, es esencial que realices el cambio de titularidad del contrato del agua para que el nuevo usuario figure legalmente como responsable del suministro. Este proceso se tramita a través de Aquajerez, la empresa que gestiona el servicio de agua en el municipio gaditano.
El trámite se puede realizar tanto de forma presencial, por teléfono o desde casa a través de internet. Así, para facilitarte el proceso de cambio de titularidad, te vamos a contar de forma clara y detallada cómo cambiar el titular del contrato del agua en Jerez, qué documentación necesitas y cuánto tarda, así como las opciones de pago disponibles.
Dónde se realiza el trámite y cómo iniciarlo
Cambiar la titularidad del agua en una vivienda es recomendable, aunque no sea obligatorio por ley. En el caso de las viviendas en alquiler, esto protege al propietario, ya que evita que él sea responsable de las deudas del inquilino en caso de impago de las facturas. Además, también protege al inquilino, que podrá gestionar sus facturas.
Sea como sea, el cambio de titular del contrato del agua puede realizarse de tres formas distintas. Entre ellas encontramos las siguientes:
- Presencialmente: Acude directamente a las oficinas de atención al cliente de Aquajerez, ubicadas en C/ Manuel María González, 2, 11403 Jerez de la Frontera. El teléfono es 900 810 102, y es totalmente gratuito. El correo de contacto es el siguiente: aquajerez.comercial@fcc.es.
- Por teléfono: Llamando al 900 810 102 podrás iniciar el trámite y recibir instrucciones para enviar la documentación.
- De forma online: A través de la Oficina Virtual de Aquajerez, completando el formulario disponible para altas o cambios de titular. Puedes adjuntar la documentación directamente en la plataforma.
Desde la web oficial del Ayuntamiento de Jerez, informan que la documentación se puede presentar a través del formulario web, por correo postal, por fax al 956 149 501 (excepto boletines de instalación), por correo electrónico (excepto boletines de instalación), o entregándola directamente en la oficina.
Documentos necesarios para el cambio de titularidad
Para realizar correctamente este trámite, el nuevo titular deberá presentar una serie de documentos obligatorios. Estos varían ligeramente según el tipo de relación con el inmueble:
| Documento | ¿Es obligatorio? |
|---|---|
| DNI o NIF del nuevo titular | ✅ Sí |
| Número de cuenta bancaria para la domiciliación | ✅ Sí |
| Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento | ✅ Sí |
| Lectura actual del contador de agua | ✅ Sí |
| Autorización del propietario (si es vivienda en alquiler) | ✅ Sí |
Todos los documentos deben enviarse como fotocopias o escaneados. En el caso de propietarios, bastará con la escritura de la vivienda. En alquileres, es imprescindible presentar la autorización firmada por el arrendador.
Según explican en la web del Ayuntamiento, el precio del cambio de titularidad dependerá de los «importes publicados en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por abastecimiento de agua, alcantarillado y depuración».
Los métodos de pago disponibles actualmente son domiciliación bancaria, pago con tarjeta en la oficina virtual, pago telefónico con tarjeta (900 810 102) y en efectivo en entidades colaboradoras.
