«El borrador de la declaración de la renta es más listo que tú, que yo y que todos». Así comienza José Ramón López, un popular asesor fiscal de redes sociales un vídeo en el que explica por qué es importante no engañar en este boceto de tributo del Impuesto Sobre las Personas Físicas (IRPF). En España, la campaña de la declaración de la renta ya está en marcha: desde el pasado dos de abril y hasta el próximo día 30 de junio, millones de contribuyentes deberán rendir cuentas ante la Agencia Tributaria para justificar los ingresos obtenidos durante el año fiscal.
De este modo, el experto en materia fiscal explica que tratar de engañar al borrador de la declaración de la renta «no surte efecto» en base a dos motivos fundamentales: la cuota líquida estatal y la cuota líquida autonómica. De esta forma, según expone López, esta cuota «nunca puede quedar por un importe inferior a cero», a pesar de las «muchas deducciones que le apliques». No obstante, indica que si se puede restar la retención por IRPF, bajas por maternidad o incrementos por gastos de guardería, entre otras opciones. Finalmente, el segundo motivo por el que no merece la pena intentar esquivar el borrador de la renta es «por no cumplir alguno de los requisitos» esenciales para ello, estima el asesor fiscal.
¿Qué ocurre si no reviso el borrador de la renta?
«El borrador de la declaración de la renta es muy listo«, continúa López, asegurando que si se introduce algún dato inexacto para tratar de de aplicar alguna deducción, «lo más probable es que te llegue un requerimiento de la Agencia Tributaria«. No obstante, si se detecta algún error en este boceto de la renta, estás a tiempo de presentar una nueva declaración sustitutiva de la anteriormente presentada corrigiendo los errores que detectes.
Por otra parte, si este error ha supuesto que se haya pagado de más a la Agencia Tributaria o que Hacienda ha devuelto menos de lo que corresponde, se debe solicitar la rectificación de la Declaración, que se puede hacerlo de dos formas:
- Presentando un escrito ante la Agencia Tributaria, en el que expliques el error padecido.
- Presentando un Declaración Rectificativa a través de Renta WEB. Dicho servicio está disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
En ambos casos, debes aportar la documentación que justifique el error. Sin embargo, si el error detectado ha supuesto que se ha pagado menos de lo que se debía, en ese caso, se debe presentar una declaración complementaria. En esta ocasión, es viable hacerlo utilizando la herramienta Renta Web, disponible en la Sede Electrónica de Hacienda.
¿Puede Hacienda descubrir un error en la renta?
Si no se ha llegado a tiempo de corregir el error, o no se ha detectado, Hacienda puede hacerlo. Por tanto, si la Agencia Tributaria revisa la declaración, detecta el error y estima que no se ha declarado correctamente, en primer lugar, enviarán una propuesta de liquidación y, posteriormente, una liquidación provisional posteriormente, además una posible sanción.
El importe de las sanciones depende del perjuicio económico, es decir, de la cantidad que se dejó de ingresar. Pero normalmente la Agencia Tributaria califica las infracciones como leves y el importe de la sanción será el 50% de la cantidad dejada de ingresar por el contribuyente. Ese importe inicial se puede ver reducido si prestamos conformidad y pagamos en el plazo concedido. Sin embargo, dependiendo del importe no ingresado y de la gravedad de la infracciones, la sanción puede llegar a ser del 150% de la cuota no ingresada.